Nuevo sistema de partes médicos para las bajas laborales por incapacidad temporal

A partir del 1 de diciembre de 2.015 ha entrado en vigor un nuevo sistema de partes médicos de bajas laborales (incapacidad temporal), las novedades más importantes son las siguientes:

  • Los facultativos deberán detallar en el parte médico la duración estimada del proceso, siendo muy corta la que es inferior a 5 días, corta de 5 a 30 días naturales, media de 31 a 61 días y larga la de más de 61 días.
  • Si el proceso de duración estimada es muy corta, el facultativo podrá emitir parte de baja y alta en el mismo acto.
  • En el resto de procesos, en el parte, figurara la fecha de la siguiente revisión médica.
  • El trabajador deberá entregar a la empresa la copia de los partes de baja y confirmación, dentro del plazo de tres días desde la fecha de expedición, sin embargo los partes de alta deberá entregarlos a su centro de trabajo en las siguientes 24 horas.

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